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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Febrero de 2014 13:43 2014-02-12 13:43 desde IP: 189.131.214.78
Estimado consultante, existen dos vías, un incidente de nulidad de actuaciones, o bien el amparo indirecto, el primero ante la misma autoridad que conoció y que en efecto deberá resolver si hubo una violación en el procedimiento de la diligencia de requerimiento de pago y embargo y emplazamiento con la que inicio el juicio mencionado, no solo es el hecho de que se haya realizado en el lugar indicado para ello, muchas veces en la práctica el actuario no deja ningún citatorio y realiza la diligencia la primera vez que acude al domicilio con quien encuentra lo cual es violatorio, en la mayoría de ocasiones no se cerciora plenamente de que es el domicilio que busca, pues no basta solo con citar que se cercioró por la nomenclatura y numeración de la calle por ejemplo.
El amparo a veces es un poco riezgoso, pues algunos no todos los tribunales sostienen que se debe agotar el principio de definitividad, es decir que primero agotemos los recursos ordinarios (nulidad en este caso)y finalmente el amparo, pero algunos otros juzgados de distrito si lo admiten incluso existen tesis aisladas al respecto aplicables. Lo importante es el cuando mencionamos bajo protesta de decir verdad que nos enteramos pues los términos para la interposición son distintos, en el amparo son de quince días y si decimos que nos enteramos hace veinte tendremos una demanda desechada por extemporanea.
Definitivamente yo creo que tienes posibilidades de ganar un incidente de nulidad y lograr se declare nulo todo lo actuado hasta el ilegal emplazamiento.
Saludos.
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