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  • Consulta : 221001
  • Autor : fpuente
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  • Autor
    Respuesta No: 339512

  • fpuente
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ¿Un abogado como usted? No estaba cometiendo nungún delito, por lo tanto no necesito esconder nada.

    En mi estado (Querétaro) sí está tipificado como delito, en el código penal art. 170 numeral IV, por eso hice la denuncia. 

    Dos, hay mas hechos constitutivos de delito, pero como se persiguen de oficio no los he denunciado para poder negociar con este que se persigue por querella y así poder desistirme. 

    Tres: tratados internacionales ratificados por México con la OIT me reconocen como líder sindical hasta 60 días después de que me hayan despedido, por lo que sigo en tiempo; y si no lo estuviera cuando me restituyan el derecho lo estaré.

    Pensé que había gente más informada en este foro.