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  • Consulta : 220917
  • Autor : Valencia1979
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  • Autor
    Respuesta No: 339420

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Para empezar no es tu esposa, no están casados... no es obligación de tu ex concubina "Prestarte" a tu hija, puesto que no es un mueble o una cosa para andarse "Prestando" influye mucho la edad que tenga tu hija y el hecho de si está registrada por ti o no.

    En todo caso se puede solicitar el régimen de visitas y el Juez será el encargado de poner días y horarios para la convivencia.