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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Febrero de 2014 18:39 2014-02-03 18:39 desde IP: 187.175.72.45
Lo que tienes que hacer es llevar un juicio de aclaración de atestado de nacimiento tal y como lo dispone el artículo 138 Bis del Código Civil Federal, todavez que el C. Oficial del registro civil cometió un error ortográfico al asentar tu apellido en el acta de nacimiento.
ARTÍCULO 138 Bis.-
La aclaración de las actas del estado civil, procede cuando en el Registro existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole que no afecten los datos esenciales de aquéllas, y deberán tramitarse ante la Oficina Central del Registro Civil.
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