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  • Consulta : 220390
  • Autor : Lic. Saúl Toluca
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  • Autor
    Respuesta No: 339010

  • Lic. Saúl Toluca
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Celeste:

    Respondiendo a sus preguntas:

    1.- Respecto a si puede emplazar/notificar en determinados domicilios, le comento, que usted deberá señalar en el proemio de su demanda tanto el domicilio de su represetada como el del demandado, será entonces el juzgador quien a su criterio le determine si es conducente o no efectuar dicho emplazamiento, ello en virtud de que usted señala un domicilio y que los Centros de Rehabilitación no estan señalados como un impedimento para recibir notificaciones ni tampoco suspenden derechos civiles o politicos; manifestado lo anterior y como un acto de humanidad le recomendaría esperar a que el sujeto en cuestión terminara su periodo de rehablitación, toda vez que si a criterio del juzgador se le emplaza este se verá en la necesidad de abandonar dicho tratamiento en virtud de una causa de fuerza mayor y si realmente se esta recuperando de su adicción lo único que logrará con ello será causarle un detrimento psicológico y de salud. Que le dicta su moral???

    2.- Respecto a si usted puede intervenir o no en un proceso legal le informo que si puede pero única y exclusivamente para recibir notificaciones y siempre y cuando usted este autorizado para tal efecto en el proemio de la demanda, mas no podrá ejercer actos de representación en virtud de que carece de la calidad juridica para tal efecto de conformidad con el Articulo 5 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, salvo que la legislación Civil para el Estado de Guerrero se lo permita (lea su legislación en la materia para corroborar). Y que para el caso de que represente legalmente a su mandante careciendo del Titulo correspondiente incurrira en un delito (lea la legislación penal de su entidad para corroborar).

    3.- Ahora bien, la Ética profesional siempre debe dictarnos que si no sabemos como abordar un asunto y como llevarlo a buen termino es mejor NEGARNOS A DICHA REPRESENTACIÓN toda vez que se encuentran en juego intereses de PERSONAS QUE TIENEN A BIEN FAVORECERNOS CON SU INMERECIDA CONFIANZA y debemos actuar de manera empática no cree??? por lo que le aconsejo que ni usted ni su amigo Titulado que ejerce en materia Laboral representen un Asunto Civil, en todo caso refiera a dicha persona a su Universidad y si quiere llevarse un dinero por dicha referencia hable previamente con su Maestro de Civil y manifiesteselo, considero mas valido pedir una "comisión" por la referencia que aventarse un asunto desconociendo inclusive como iniciarlo. No sea usted deshonesta.

    4.- Respecto a si su amiga/mandante tiene que cambiar o no de domicilio, o irse del trabajo o que las propiedades, le pregunto, Eso que??? Una cosa es una cosa y otra cosa es otra cosa!!!! Se lo explico con manzanas, una cosa es el divorcio, otra la ocupación, otra el domicilio, otra el patrimonio, etc. Expliqueme usted por que su amiga o clienta o como usted decida referirse, tendría que irse a otro domicilio o dejar de trabajar en su negocio si lo único que quiere es divorciarse!!!!! Deje usted que el juzgador decida lo que a su criterio y conforme a derecho corresponda, usted solo limitese a hacer su trabajo, perdón se me olvidaba que aun no sabe cual es su trabajo, pero amablemente lo invito a estudiar mas y a hacer practicas y adquirir experiencia en un despacho antes de querer representar por su cuenta algo de lo que no tiene ni idea de como iniciar y mucho menos llevar a cabo.

    Sea mas Ético, no se meta entre las patas de los caballos y respete la confianza que le brindan, es mejor decir, por el momento no puedo que hecar a perder un asunto desde su origen.

    Quedo de usted.