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AutorRespuesta No: 338806
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Fecha de respuesta: Viernes 31 de Enero de 2014 13:37 2014-01-31 13:37 desde IP: 187.201.254.48
Consultante lo que su madre tiene que hacer es iniciar ante un Juez Civil una demanda de terminación de contrato verbal de comodato, en virtud de que en su consulta nos refiere que es el bien inmueble es de sus padres, y que se lo prestaron a su hermana, la cual ahí construyó su casa, pero de ninguna forma le transmitieron sus padres a su hermana la propiedad de esa fracción de terreno, siendo así que este tipo de relación jurídica de acuerdo a la Ley Civil, es un contrato en el cual por no haberse pactado por los contratante de manera expresa su fecha de terminación, el mismo se volvió indeterminado, por lo que lo procedente en éstos casos es que su madre, en términos del artículo 2080 del código civil para el Distrito Federal en vigor, le haga a su hermana por medio de un Notario Público, una Interpelación Extrajudicial ante Notario, para el efecto de concederle 30 días hábiles para que le haga entrega de manera voluntaria de la fracción de terreno que le prestó con sus frutos y accesiones, y en caso de que su hermana no lo haga voluntariamente en ese término, entonces su mamá Consultante, ya la podrá demandar civilmente ante los Juzgados Civiles competentes, por lo que le sugiero que busque ayuda profesional y especializada en su asunto, de esta manera obtendrá éxito en su caso.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL CON ESPECIALIDAD EN CONTRATOS, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
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