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  • Consulta : 220195
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    La pensión por invalidez consiste en el 35% del salario de cotización promedio de los últimos diez años cotizados actualizado según el INPC, según la ley del 97. Al haber empezado a cotizar antes del 1 de julio de 1997, podrás elegir en su momento, para tu pensión definitiva, pensionarte por ley 73 o 97 El seguro siempre da las pensiones temporales bajo la ley 97, aunque está obligado a presentar las dos opciones. Puedes pedir que te presenten el cálculo por cada ley y elegir la que más te convenga.