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  • Consulta : 220194
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 338773

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Eso se lo debe preguntar a su abogado.

    Las causales de rescisión no necesariamente se señalan en los contratos, sino que es la Ley la que lo preceptua, pero si su contrato no señaló una cláusula penal para el caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas, es seguro que el carnicero que se lo redactó su contrato tampocó señaló el domicilio en que el comprador debía realizar los pagos, por lo que antes de demandarlo primero debía ponerlo en mora, y si es el caso tiene el 100% de posibilidades de perder.