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AutorRespuesta No: 338723
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Fecha de respuesta: Jueves 30 de Enero de 2014 16:08 2014-01-30 16:08 desde IP: 187.162.210.121
Con el debido respeto, es incorreta la apreciación de elizh80.
La persona que se llevó a la menor de edad sin consentimiento de los padres incurre en el delito de sustracción de menores y, si además, lo hace con la finalidad de sostener con ella una relación sexual, aún con el consentimiento de la menor, comete el diverso ilícito de estupro.
El primer injusto se encuentra tipificado por el artículo 190, del Código Penal del Estado de Guerrero, y se sanciona con pena de 2 a 6 años de prisión y multa de 20 a 60 días, en caso que el sujeto activo no tenga relación de parentezco con la menor; si es familiar, la pena será de uno a tres años de prisión.
Por otra parte, el delito de estupro se describe en el numeral 145, del propio Código de Defensa Social, y se castiga con pena de 1 a 6 sños y de 60 a 300 días multa.
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