- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 219849
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 338492
-
Fecha de respuesta: Martes 28 de Enero de 2014 11:23 2014-01-28 11:23 desde IP: 187.162.210.121
No, no puede embargar el domicilio de sus padres, ni tampoco los bienes que pertenezcan a éstos, ya que solamente pueden señalarse bienes que pertenezcan al deudor y, además, de los no exceptuados de embargo.
Además, no indica si, al momento de prestarle el dinero a quien lo hizo, le firmó algún documento: contrato de crédito, o pagaré con el cual pueda usted iniciar alguna acción legal, ni tampoco el importe del préstamo, pues debe tener presente que, al requerir usted los servicios de un abogado que lleve a cabo los trámites legales que sea necesario, si el monto del adeudo es pequeño, no le interesará, dado que sus honorarios consistirán en un porcentaje del préstamo.
-
Autor





