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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Enero de 2014 17:47 2014-01-22 17:47 desde IP: 187.162.210.121
Su hija no tiene porqué pagar a la abuena del padre de la niña un centavo de lo que gastó con motivo del embarazo y parto de su sobrina, y tampoco tiene la señora derecho a quitarle a su hija.
Emn virtud de que omite informar si el padre de la niña la reconoció al presentarla ante el Registro Civil, no puede dársele mayor información, respecto a qué acciones legales sería conveniente iniciara su sobrina.
Acuda al Instituto de la Defensoría Pública de Veracruz, en donde le brindarán asistencia y orientación jurídica mediante un abogado de oficio, cuyo servicio es gratuito.
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