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  • Consulta : 219338
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 338172

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la pension es pura...lana y simple... no se tienen que rendir cuantas de su administracion... es al hijo al que debes demandar... no a la madre .... esa ya valio idem... desde el momento que se cumplio la mayoria de edad... y xi te demuestran que estudia.. HASTA AHI LLEGO TU ASUNTO....