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  • Consulta : 219211
  • Autor : Valencia1979
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  • Autor
    Respuesta No: 338148

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Porque hay actos admitidos por el simple hecho de no hacer nada, por lo cual tienen el carácter de cosa juzgada, en otras palabras al tener usted la duda de que no era su hijo y realizar la prueba de paternidad y salir negativa, tomando como base la fecha "X" en que tuviste conocimiento de que no era tu hijo, tuviste 90 días para realizar lo propio para solicitar el desconocimiento de la paternidad, que bajo protesta de decir la verdad apenas supiste que no era tu hijo biológico.

    Pero al no hacerlo, estas aceptando la paternidad por el simple hecho de no hacer nada, ahora ya no puedes alegar del desconocimiento de la paternidad ni ofrecer nueva prueba de ADN, porque ya es cosa juzgada y aceptada.