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  • Consulta : 218965
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 337889

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no entendí... todas las medidas que señalas...lic... Chávez... no son viables jurídicamente... pasados dos años de la unión... y si no estan unidos a otra persona por el vinculo del matrimonio... nace el concubinato... hayan tenido o jo hijos... no puedes cambiar las chapas... hasta que no hayas demostrado que tienen un año y un día de separados... para eso es la acta de hechos ante el ministerio publico... es cierto... sin hijos... no hay pensión... pero si ella regresa antes del año y no tiene trabajo... tendrá derecho a pensión por el tiempo que vivieron juntos... todos los derechos del concubinato se pierden al año de separación... pero no puedes impedir que regrese antes de ese termino... a no ser que ya tengas otra pareja y vivas con ella en ese domicilio... todo lo propuesto... seria en base a notificarle a ella.. y con ello revivirías su derecho... amen de que seria por medio de exhorto al lugar donde ahora vive... generando gastos en tu contra que no puedes reclamar. te pague tu ex pareja...