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  • Consulta : 218946
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 337814

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante pues si lo que promovieron FUE UN AMPARO DIRECTO CONTRA LA SENTENCIA DICTADA EN LA APELACIÓN, YA NO PROCEDE RECURSO ALGUNO O MEDIO DE IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIO ALGUNO, en el caso de esta persona, por lo que en en este supuesto, lo único que probablemente les queda, después de que la Ejecutoria de Amparo cuase estado, es que el sentenciado solicite los BENEFICIOS EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA, saludos y suerte en su caso.

    Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

     

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                   

    Oficina: (0155) 6637-5063

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