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AutorRespuesta No: 337805
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Enero de 2014 00:06 2014-01-18 00:06 desde IP: 189.195.36.68
Estimado Consultante; Buenas noches, en respuesta a su planteamiento de consulta le dire siguiente;
En efecto la pension puede ser:
1. Cancelada.
2. Reducida.
Debera demandar una sola y debera ser fundada en la ley y motivada en el sentido de que no le alzanza su dinero para subsistir o que esta desempleado, o alguna causa distinta que proceda o bien convenir con su esposa la cancelacion.
3. Recomiendo el divorcio necesario o administrativo ya que no procrearon hijos y procure que en dicha demanda se deje sin efecto la pension.
4. Requiere de abogado de oficio o particular para que le asesore y demande, de preferencia acuda con abogado recomendado.
Muy Profesionalmente
RAUL CHAVEZ
ABOGADO.
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