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  • Consulta : 218828
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Divide tu saldo de RCV entre el número de semanas cotizadas que tengas desde el 1 de julio del 97 a la fecha.

    Despés divide el monto que retiraste entre el resulatdo de la división anterior.

    Este resultado serán las semanas cotizadas que te restarán.

    Posteriormente puedes reintegrarlas regresando el dinero que retires.

    Por otro lado es importante saber a qué ley perteneces, ya que no es lo mismo poder pensionarte con 500 semanas (10 años) por la ley 73 a tener que acumular al menos 1250 semanas (24 años) por la ley 97.