- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 218763
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 338920
-
Fecha de respuesta: Sábado 01 de Febrero de 2014 21:42 2014-02-01 21:42 desde IP: 201.141.99.113
Cuando se abre una cuenta bancaria, el primer requisito es que el cuentahabiente señale quien o quienes son los beneficiarios para el caso de muerte. Sólo debe acudir al banco para que le informen quien o quienes son los beneficiarios a efecto de que exhiban el acta de defunción y reciban el saldo de la cuenta, ni siquiera es necesaria la sucesión en estos casos.
-
Autor





