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  • Consulta : 218705
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, seguramente si el dueño del edificio en que se ubica el departamento que renta su papá falleció, alguien se quiere aprovechar, y ese es precisamente su padre.

    Nunca va a poder prescribir a su favor el departamento, toda vez que lo ha ocupado precariamente, pues solamente ha detentado la posesión a título de arrendatario y no de dueño, y si desde hace 6 años no paga la renta y lo demandan, de por hecho que los abogados del propietario (aunque haya fallecido, pues el albacea lo representará en toda clase de juicios), al momento de acudir con el actuario a practicar la diligencia, le embargarán cuanto bien puedan para garantizar el pago de lo que debe.