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AutorRespuesta No: 337324
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Enero de 2014 18:48 2014-01-12 18:48 desde IP: 187.162.210.121
Hágase asistir de un abogado especialista en Derecho de Familia, a fin de que presente a la mayor brevedad posible la denuncia del intestado, exhibiendo copia certificada del Registro Civil del acta de defunción de su marido, de su matrimonio y del nacimiento de su hija, y señalando el nombre de los hijos que su difunto esposo tuvo de su proimer matrimonio, así como el domicilio de ellos, si lo sabe.
Al admitir a trámite el juicio, el Juez ordenará se giren oficios a la Dirección del Registro Público de la Proíedad y a la Dirección de Notarías, a fin de que le informen si existe o no testamento de su finado esposo; si no existe, se continuará el sucesorio intestamentario, en la que usted y su hija, conjuntamente con los hijos habidos en el matrimonio anterior, tendrán los mismos derechos como herederos; si existe testamento, entonces el juicio se continuará como sucesorio testamentario, nomnbrándose herederos de acuerdo a la última voluntad del de cujus.
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