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  • Consulta : 218354
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Hágase asistir de un abogado especialista en Derecho de Familia, a fin de que presente a la mayor brevedad posible la denuncia del intestado, exhibiendo copia certificada del Registro Civil del acta de defunción de su marido, de su matrimonio y del nacimiento de su hija, y señalando el nombre de los hijos que su difunto esposo tuvo de su proimer matrimonio, así como el domicilio de ellos, si lo sabe.

    Al admitir a trámite el juicio, el Juez ordenará se giren oficios a la Dirección del Registro Público de la Proíedad y a la Dirección de Notarías, a fin de que le informen si existe o no testamento de su finado esposo; si no existe, se continuará el sucesorio intestamentario, en la que usted y su hija, conjuntamente con los hijos habidos en el matrimonio anterior, tendrán los mismos derechos como herederos; si existe testamento, entonces el juicio se continuará como sucesorio testamentario, nomnbrándose herederos de acuerdo a la última voluntad del de cujus.