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  • Consulta : 218334
  • Autor : consultor77
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  • Autor
    Respuesta No: 337317

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Un porcentaje de pensión alimenticia va de entre un 15 y un 25% de los ingresos totales del deudor alimenticio, sin embargo es posible que también le hayan pedido uno para la ex mujer, ya que como concubina también tiene derecho a une pensión alimenticia.

     

    Esta pensión es provisional, ya que la definitiva puede aumentar o disminuir conforme a lo que se pruebe durante el juicio, ya que la pensión se fija con base en la necesidad de quien la pide y de la capacidad de quien tiene la obligación de darla.

     

    Por lo tanto al momento de responder la demanda, deberá acreditar que él ha cumplido con sus obligaciones por medio de depósito en el banco, presentando los comprobantes que tenga y testigos si los tiene, además de que deberá probar que él se encuentra casado y que usted es su acreedor alimenticio, no pueden poner a l hijo de usted como otro acreedor ya que aún no nace, aunque una vez que haya nacido se puede demandar la reducción de la pensión que se fije como definitiva.

     

    Tiene dos opciones, esperar a que del juzgado le llegue la demanda de pensión y contestarla hasta ese momento, o la otra opción es pedir la información del juzgado y numero de expediente y acudir a notificarse personalmente, esto es lo mejor, ya que le van a estar descontando de cualquier forma, por lo tanto entre mas pronto se notifiquen y contesten mas pronto se terminará el juicio y podría solicitar una reducción en dicha pensión.

    Obviamente si ya le van a descontar directamente de su sueldo ya no tiene la obligación de depositarle al banco.

     

    Saludos

    Lic. Elizabeth López

    52195455