Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 218098
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 337189

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Pérdida de la patria potestad, que es la acción que usted ejercitó en su demanda.

    En consecuencia, si usted está en espera que se dicte sentencia en ese juicio, seguramente el acuerdo publicado es el relativo al pronunciamiento de la resolución correspondiente.