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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Enero de 2014 16:03 2014-01-13 16:03 desde IP: 187.162.210.121
Rosen, con el debido respeto, para que cualquier información pueda demostrar en contrario, es necesario, no que cites una serie de npumeros de expediente y juzgado, sino qude, con la sentencia respectiva, se acredite fehacientemente que fue resuelto favorablemente el procedimiento al que cada dato corresponda y, además, que quien promovió el juicio relativo, haya sido precisamente quien se ha ufanado de promover esos miles de juicios que, adicionalmente, tampoco se advierte que de4 los que mencionas, tampoco se advierte que, al menos, correspondan a un juzado de cada una de las Entidades de la República.
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