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AutorRespuesta No: 336920
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Fecha de respuesta: Sábado 04 de Enero de 2014 04:00 2014-01-04 04:00 desde IP: 201.141.119.177
Si Usted está reconocido como hijo del de cujus (en este caso padre) es claro que tiene derecho al igual que cada uno de sus hijos (hermanos). Por el amor de Dios no fime nada sin asesoría de un abogado que le represente. Una vez que le reconozcan como heredero de la sucesión podrá demandar la nulidad de la trasferencia de propiedad que menciona.
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