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  • Consulta : 217583
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 336858

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Puede demandarle la acción de jactancia, misma que consiste en solicitarle al jactancioso que de tener un crédito en a su favor, lo ejerza por la vía que corresponda en un tiempo determinado y que se no hacerlo tendrá por perdido ese decho y por lo tanto la prohibición de seguir molestando. Ahora que si está afuera de su casa molestando llame a una aptrulla para que le ordene retirase del lugar si no cuenta con orden de autoridad competente para molestarle en su domicilio.