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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Diciembre de 2013 15:44 2013-12-29 15:44 desde IP: 189.166.4.156
Claro que te puede demandar por paternidad y la prueba contundente es la de ADN, si resulta negativa te salvas, no tiene nada que ver que la "Señorita" trabaje de lo que trabaje y no importa que la haya registrado sola, si la prueba resulta positiva, tendrás que reconocer a la niña y darle pensión alimenticia hasta que cumpla 18 años o se case, embarace o junte, o hasta los 25 si sigue estudiando acorde a su edad.
Pero si ella es la que va iniciar la demanda, es ella la que tiene que pagar.
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