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  • Consulta : 217361
  • Autor : Valencia1979
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  • Autor
    Respuesta No: 336630

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Claro que te puede demandar por paternidad y la prueba contundente es la de ADN, si resulta negativa te salvas, no tiene nada que ver que la "Señorita" trabaje de lo que trabaje y no importa que la haya registrado sola, si la prueba resulta positiva, tendrás que reconocer a la niña y darle pensión alimenticia hasta que cumpla 18 años o se case, embarace o junte, o hasta los 25 si sigue estudiando acorde a su edad.

     

    Pero si ella es la que va iniciar la demanda, es ella la que tiene que pagar.