Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 217123
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 336169

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si su esposa, además de contar con bienes propios, trabaja y tiene un ingreso que le permite satisfacer sus necesidades alimenticias, el juez que llegue a conocer del juidio de divorcio lo relevará de la obligación de darle alimentos.

    Y una vez decretada la disolución del vínculo matrimonial, deberá procederse a la liquidación de la sociedad conyugal, ya que todos los bienes adquiridos durante el patrimonio, salvo los que hayan recibido por donación herencia o la buena fortuna, pertenecen por partes iguales a ambos.