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  • Consulta : 217083
  • Autor : TOCA1968
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  • Autor
    Respuesta No: 336122

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante para que su ARRENDADOR LA SAQUE A USTED DE LA LOCALIDAD QUE ACTUALMENTE ESTA RENTANDO, Y QUE NOS COMENTA ESTA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE SUS RENTAS, DEBE HACERLO DEMANDANDOLA A USTED ANTE LOS TRIBUNALES, YA SEA LA TERMINACIÓN FORZOSA DEL CITADO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, EL CUAL POR NO HABERSE CELEBRADO UNO AL AÑO SIGUIENTE, OPERÓ EN SU FAVOR LA TÁCITA RECONDUCCIÓN, siendo que el mismo a la presente fecha se volvió indeterminado, y suerte sus efectos mientras Usted Consultante siga pagando sus pensiones rentísticas a su ARRENDADOR.

    Ahora bien, si su ARRENDADOR ya no quiere recibirle el pago de su renta, LE SUGIERO QUE EN LUGAR DE DEPOSITARSELA A SU CUENTA, PORQUE NO LE DA RECIBO POR CONCEPRTO DEL PAGO DE RENTA, LO CUAL PODRÍA DAR LUGAR A QUE SU ARRENDADOR LE DEMANDE LA RESCISIÓN DEL CITADO CONTRATO, ALEGANDO PRECISAMENTE LA FALTA DE PAGO DE DOS O MÁS PENSIÓNES RENTÍSTICAS,, lo que debe hacer jurídicamente en su caso es acudir inmediatamente al Banco del Ahorro Nacional S.N.C., o a las oficinas que dicho banco tiene en el edificio de los Juzgados del Distrito Federal, y adquiera un billete de depósito por cada mes de renta que deba usted pagar, ya con el o los billetes, acuda a las oficinas de la Dirección de Consignaciones Civiles del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicadas en la calle de Sullivan número 133 esquina Jorge Negrete, y allí le proporcionarán unos formatos o "machotes" que debe llenar con los datos que le piden, pero en el espacio correspondiente al nombre de la arrendadora, escriba el nombre de ella y a continuación la leyenda "y/o quien mejor derecho acredite tener", si es espacio es insuficiente, lleve el formato a un escritorio público donde le harán el escrito copiando el formato e intercalando los datros requeridos, escrito que usted deberá presentar en las mismas oficinas de Consignaciones, y con ello usted quedará salvada de cualquier responsabilidad que le pudieran imp-u-tar, y al mismo tiempo se asegura de que ningún o ninguna falsa administradora o falsa heredera pueda quedarse indebida e ilegalmente con esos pagos, entiende; saludos.

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

    ATENTAMENTE

     

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

     

    Oficina: (0155) 5398-0265

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