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  • Consulta : 216917
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 335952

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el patrón no puede exigirle que labore una jornada mayor a la máxima permitida por la Ley Federal del Tranajo, ni tampoco que el trambajo para el cual lo contrató, lo lleve a su domicilio, ya que ésta no es una extensión del establecimiento.

    Si el patrón le exije que usted, después de concluir su jornada laboral, trabaje tiempo exraordinario, que entre otras cosas, usted no está obligado a hacerlo, deberá pagárselo en la forma y términos que previene el Código Laboral.