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AutorRespuesta No: 335866
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Diciembre de 2013 16:54 2013-12-19 16:54 desde IP: 187.162.210.121
Su abogado debió informarle cuáles de esas prestaciones es posible se concedan en el laudo y cuáles no, como también, que usted tiene la carga de la prueba para demostrar las que haya demandado.
En cuanto a los salarios caídos, si usted renunció voluntariamente, no tiene derecho a ellos, aunque haya demandado por el pago de prestaciones por servicios que demuestra que prestó y no le fueron pagadas, solamente en el aaño anterior a la fecha de presentación de la demanda; las anteriores a ese año, ya están prescritas.
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