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  • Consulta : 216655
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 335609

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Derivafo del despido de que usted fue objeto, y a condición que haya sido injustificado, usted tiene derecho a las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional;

    1 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga un un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo general del área geográfica en que prestó sus servicios;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios, en caso que no se las hayan otorgado;

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo trabajado a partir del cumplimiento del último año de servicios y hasta la fecha del despido;

    Aguinaldo proporcional al tiempo laborado en el 2013;

    Salarios devengados y no pagados; tiempo extaordinario o días de descanso obligatorio trabajados y no pagados, y cualquier otra prestación que haya generado derecho a recibir y no le hubiere sido cubierta.

    Adicionalmente, si usted demanda el pago de la indemnizacióin, también podrá reclamar el pago de los salarios caídos hasta por 12 meses, y si llegado ese plazo no se ha dictado laudo o el patrón no ha dado cumplimiento al que se haya pronunciado, también a un interés mensual del 2% sobre la cantidad equivalante a 15 meses de salario, a partir del año del despido.

    No firme el patrón ningún documento, no recibos, ni finiquito o liquidación, ni renuncia o terminación de la relación laboral ni ningún otro, ya que podrá valerse de él para aducir que no la despidió, sino que usted renunió voluntariamente al trabajo.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Larboral, no de un estudiante o pasante y menos de un coyote o tinterillo, a fin de que de inmediato proceda a presentar la demanda.