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Fecha de respuesta: Martes 17 de Diciembre de 2013 15:45 2013-12-17 15:45 desde IP: 201.173.239.82
Si, usted puede cambiar de abogado.
ya sea revocando el nombramiento, mandato, poder o endoso o como se haya designado
en efecto puede hacer un convenio con su contraparte, como titular e interesado directo en el juicio.
lo que debe de cuidar y observar es el pago d e los honorarios, en su caso acordados.
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