Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 216588
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 335543

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Usted puede demandar a su hijo mediante la accióin "Comun Dividundum", toda vez que ninguna persona está obligada a pertenecer en una copropiedad.

    Si su hijo desea conservar el inmueble, entonces tendrá que pagarle la parte alícuota que a usted le corresponde, y de esa forma, él se convertirá en el único propietario de la finca.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Civil , o acuda al Instituto de la Defensoría de Oficio de su localidad, a efecto que hagan un estudio socioeconómico para ver si procede le nombren a un abogado de oficio que la asesore en el juicio.