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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Diciembre de 2013 15:11 2013-12-15 15:11 desde IP: 189.234.157.205
aun cuando estuviera al corriente... no tiene ningun derecho... que no sea pedido por medio de un juez... no tiene derecho a los dos meses... contrata un abogado...e inicia juicio de afrendamiento similiar al desahucio... tu abogado sabe que hacer....muevete en enero... porque en diciembre ya cerraron los juzgados por navidad...
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