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AutorRespuesta No: 335868
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Diciembre de 2013 17:00 2013-12-19 17:00 desde IP: 70.39.231.187
amigo no soy abogado, pero esa respuesta que transcribe es la del dilecto y excelente lic. Raul Cadena, y en ella se encuentra la respuesta que busca.
Basicamente La demanda la puede presentar el acreedor el tiempo que quiera, no mayor a 10 años después del ultimo pago de la deuda pactada.
Saludos
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