Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 216404
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 335260

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia de lo que señala la Licenciada Rosa Isela, asístase de un abogado a fin de que, en lugar de entregarle personalmente el dinero para los alimentos de sus hijos, lo entregue a través de un juzgado mediante diligencias de ofrecimiento de pago y consignación, de esta forma, quedará acreditado en forma indubitable que usted está cumpliendo con su obligación alimentaria.