- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 216401
- Autor : Lic.DiegoGonzalez
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 839
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 97 % -
: 2 %
-
AutorRespuesta No: 335257
-
Fecha de respuesta: Viernes 13 de Diciembre de 2013 19:56 2013-12-13 19:56 desde IP: 187.201.125.66
El fundamento que debes citar es el principio de celeridad procesal; y el acto reclamado es: el retardo injustificado en la administración de justicia. Lo van a admitir, requeriran el infrme a la Autoridad Resonsable, y en ese mismo momento dictarán el laudo.
-
Autor





