Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 216154
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 334904

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El amparo directo en contra del laudo puede llevar entre 4 y 8 meses, aproximadamente, dependiendo del Tribunal Colegiado a quien le corresponda concoer, debido a que las cargas de trabajo en cada uno de ellos es diferente, no tanto por el volúmen de los asuntos, sino muchas veces por lo tardado de su estudio,.

    La subsistencia es la ejecución parcial del laudo, por la cantidad suficiente para que pueda contar con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades durante el tiempo que tarde el juicio de amparo, y su monto lo fija la propia Junta, en caso que la parte demandada promueva el incidente de suspensión, para evitar que el trabajador pueda ejecutar la totalidad de las prestaciones a las que se condena al patrón en dicha resolución.

    Su abogado es quien debe promover el requerimiento de pago a la patronal para que se cubra el importe de la subsistencia, o se embarguen bienes propiedad del patrón para que sean vendidos y con su producto se cubra esa prestación que, evidentemente es parte de las prestaciones determinadas en el laudo.