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  • Consulta : 216150
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 334905

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el patrón no está obligado a pagar la parte del aguinaldo por el tiempo que el trabajador se encuentre incapacitado con motivo de una enfermedad general.

    Dado que al inscribir al trabajador en el Seguro Social, lo hace con un salario integrado, que comprende no solamente el salario diario que percibe el trabajador, sino que incrementado con la parte del aguinaldo y otros conceptos, el subsidio que entrega el Instituto al trabajador cuando se encuentra incapacitado por enfermedad general, ya incluye la parte proporcional del aguinaldo que el patrón queda relevado de pagar.