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Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 216075
- Autor : Lic.DiegoGonzalez
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AutorRespuesta No: 335092
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Diciembre de 2013 14:24 2013-12-12 14:24 desde IP: 187.201.125.66
Licenciado Primus Tribunus, Un saludo y un gran abrazo en merito de éstas fechas venideras.
En relación a la consulta, me permito comentarle lo siguiente:
1.- En adhesión al comentario realizado por el licenciado Ullos (saludos y el mismo abrazo), considero que sus opinioles Lic Alejandro, son muy beneficas siempre, pero considero que incluso usted puede llegar a ir en contra de su propio criterio o en contra de la ligica jurdica, con el fín de contradecir a los foristas que hayan comentado previamente a su participación en la consulta, es decir, he podico persivir que su participación siempre es tajante, e ilustrativa, pero se nota el agrado que le genera hacer notar errores ortograficos, o más aun dislates legales, por lo que en ese tenor es que tenemos que desmenusar siempre sus ocursos para dejar de lado el regaño a los foristas predecesores y extraer solo la médula de su participación; que por lo regular antes del respectivo saludo nos topamos con una entrada como la de ésta consulta; pues recordemos que adujo literalmente lo siguiente:
"Ninguno de los foristas que le respondió antes de la presente le dio información adecuada y profesional..."
2.- Ahora bien, me es muy raro que Usted diga que no se configura la tentativa, puesto a que la tentativa contempla que el delito no se hubiese consumado; y creo que en la especie Usted confundió lo siguiente; la consultante dijo que ingresaron bebidas en una bolsa, sin la intención de robarselas, sino de llevarlas en forma mas comoda al mostrador, PERO LAS INTENCIONES TAN BUENAS POR PARTE DEL ACUSADO, SOLO LAS SABE ÉL Y EN TODO CASO LA AQUÍ CONSULTANTE, por lo que cuando el encargado de la tienda le pidió que mostrara su bolso, evidentemente le generó la duda de que le pretndieran robar, amén de que las tiendas OXXO, no tienen ningún tipo de servicios de carritos o bolsas en donde depositar los objetos para luego pagarlos; lo que nos lleva a concluir indefectiblemente que, en el momento en el que el inculpado decidió meter cosas que aún no había pagado en una bolsa ajena a las que proporciona la tienda OXXO, se configuró la tentativa aún y cuando la mercancia no huiese salido de la tienda, ya que es incorrecta su apreciación en cuanto a que no se encuadra la tentativa porque los objetos no salieron de la tienda, ya que si las latas o las bebidas hubiese salido del abarrote, sin miramiento alguno se tipificaría en robo; por lo anterior es que, cuando el hermano de la consultante metió bebidas a un bolso ajeno a la tienda OXXO, es suficiente para descansar en tal hecho el delito de robo en caracter de tentativa, pues si algo llevó mas bien a arrepentirse de tal acto, que tal vez fue la presencia del policia, ello no implica que sea inocente.
3.- Se me hace raro que Usted Lic Alejandro se deje llevar por el dicho de la consultante, si Usted es el más incredulo, pero en fín estoy casi seguro de que si Ulloa, hubiese aperturado las consultas asegurando la inocencia del reo, Usted hubiese llegado afirmando que estaban en el error y que el hermano de la consultantte es un ratero.
4.- Bajo ese orden de ideas es que considero que nada tengo que aprender de Diaz de León, y menos a razónar asuntos, pues fue éste quien dice que el delito de robo se persigue por querella.
Para confirmar lo anterior veamos una Jurisprudencia definda que refiere:
"TENTATIVA. ELEMENTOS DEL DELITO DE."
"La tentativa se integra con dos elementos, el subjetivo consistente en la intención dirigida a cometer un delito y el objetivo consistente en los actos realizados por el agente y que deben ser de naturaleza ejecutiva, y un resultado no verificado por causas ajenas a la voluntad del sujeto."TENTATIVA. ELEMENTOS DEL DELITO DE.La tentativa se integra con dos elementos, el subjetivo consistente en la intención dirigida a cometer un delito y el objetivo consistente en los actos realizados por el agente y que deben ser de naturaleza ejecutiva, y un resultado no verificado por causas ajenas a la voluntad del sujeto.Sucediendo en la especie que, la tentativa se encuadra en el caso concreto en virtud de que, la intención dirigida a cometer un delito se ve satisfecha desde el momento en que metieron bebidas en una bolsa; y el objeto consistente en los actos realizados por el agente y de naturaleza ejecutiva, se ven colmada con el mismo acto delictivo que implica meter en una bolsa artículos que no han sido pagados, puesto a que en un ejemplo de lo mismo, nadie entramos a una tienda y nos metemos cosas en las bolsas de mano, o entre la ropa, diciendo que las queremos pagar, pero que por comodidad, las ibamos a transportar en bolsas; y por último, la causa ajena a la voluntad del sujeto que finalmente impidió que se culminara el robo, fue la presencia del policia.
Siendo así las cosas, tales premisas son suficientes para descansar en ellas una sentencia condenatoria.
5.- Mi especulación (y sin nigun miramiento lo digo ESPECULACIÓN), se orilla a que pensaban robarse las bebidas, y cuando vieron la patrulla fuera del OXXO, o cuando vieron que un policia estaba comprando, decidieron hacerse tarugos
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