- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 215887
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 334611
-
Fecha de respuesta: Sábado 07 de Diciembre de 2013 15:37 2013-12-07 15:37 desde IP: 189.234.157.205
dentro de tus atribuciones... como empleado de confianza... esta la de hacer esos depósitos???... ordenar que se hagan???... si es así... es parte de tu trabajo... y por lo mismo... no estas obligada a hacer pago o retribución por lo perdido... pero... si no es parte de tu trabajo... puede la patronal iniciar una acción penal de abuso de confianza... y así... tratar de obligarte a hacer el pago... pero tu no estas obligada a hacerlo... el patrón debe tener quien le haga ese trabajo en especifico... y hasta estar asegurado para el caso de robo...
-
Autor





