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AutorRespuesta No: 334576
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Diciembre de 2013 11:17 2013-12-07 11:17 desde IP: 187.162.210.121
No, usted no está obligada a pagar, como tampoco lo está la empleada a la que asaltaron.
Es el patrón quien debe soportarlo, dado que es responsabilidad de él asumir todos los riesgos que conlleva que, dentro de sus procedimientos, el importe de las ventas sea depositado en una cuenta bancaria a través de uno de los trabajadores.
Conserve usted la copia del acta relativa a la denuncia que presentó ante el Ministerio Público, ya que podrá serle últil en caso que su patrón, ilegal y abusivamente pretenda descontarle de su salario el monto de lo robado.
Como recomendación, no firme ningún documento que le exija el patrón, ni pagaré, ni acta administrativa ni ninguno de cualquier naturaleza; acuda inmediatamente a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en informeles de la situación, a fin de que le proporcionen toda la asistencia y asesoría legal que requiera, tanto respecto la pretensión del patrón de que usted pague ese dinero, como por la posibilidad de que con motivo de ello la despidan injustificadamente del trabajo.
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