Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 215822
  • Autor : LIC. LUNA
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 30
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 334509

  • LIC. LUNA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    independientemente de que haya prescito la acción cambiaria existen forma para hacer efectivo el pago.... pero bueno lo que tendría que proceder como lo menciona el maestro Primus Tribunus, a quien saludo, es que la sucesion del acreedor tendría que promover juicio sucesorio para que una vez que designen albacea este este en plenitud de ejercer acción en tu contra.

    Exito en tu asunto