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  • Consulta : 215586
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 334187

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si Usted es Aboagdo debe saber ciertamente, que en tratandose de un pagare se tramita por la via Ejecutiva Mercantil.

    El motivo por el cual pretende DENUNCIAR no DEMANDAR, no es procedente ya que el mismo Articulo 17 Constitucional lo dice en el ultimo parrafo.

    Por lo que sino puede ser localizado el demandado, no se puede hacer nada hasta que localizado para su emlazamiento.

    Ya se cercioro Usted con vencinos que el demandado no vive en el domicilio que se fijo en el pagare?

    Saludos.