- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 215518
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 334083
-
Fecha de respuesta: Martes 03 de Diciembre de 2013 19:01 2013-12-03 19:01 desde IP: 187.162.210.121
Contrate a un abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que, inmediatamente, atienda a promover lo que en derecho proceda, tanto respecto las medidas de protección dictadas por el juez que las ordenó, como para que aquél ante el que se celebró el convenio de convivencia compartida, requiera por conducto del actuario al padre de la menor para que lo requiera por la entrega de la niña; esa es una obligación del Juez, no de usted, como también es él quien debe hacer uso de los medios de apremio previstos en la Ley Procesal para hacer cumplir sus determinaciones.
Sola y sin asesoría, nunca va a poder hacer nada.
-
Autor





