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AutorRespuesta No: 333983
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Diciembre de 2013 19:52 2013-12-02 19:52 desde IP: 187.162.210.121
Al girar usted un cheque a cargo de una cuenta cancelada dos años antes, usted incurrió en el delito de fraude, pues obviamente tenía pleno conocimiento que la persona a quien le expidió el documento, nunca podría obtener su pago por el banco, y su argumento que el cheque lo expidió como garantía de pago en nada le favorece, ya que los cheques, por tratarse de título de crédito a la vista, no se suscriben pagara garantizar un pago, sino para cumplir con él.
Lo que más le conviene es que le pague a su amiigo el importe del cheque y la indemnización del 20% por daños y perjuicios que señala el artículo 193, aunque no le reconozca el abono que dice haber dado de $ 9,000.00, pues de lo contrario, si presenta la querella en su contra, integrada la averiguación previa y consignada al juez penal, ést librará orden de aprehensión y sólo podrá obtener el beneficio de la libertad provisional bajo causión pagándo lo anteriormente señalado, además de garantizar también el pago de la multa que podría corresponderle conjuntamente con la pena de prisión, y las obligaciones procesales.
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