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  • Consulta : 215377
  • Autor : felixfrancisco
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    Respuesta No: 334014

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    A veces la pareja exige más de lo que el esposo puede obtener, no digo que sea su caso, pero en una situación como la suya debe gastarse menos de lo que se gana y abstenerse de servicios que no son indispensables, o ajustarse a la situación real. Disculpe mi opinión personal. Necesita la asesoría personalizada de un abogado y cambiar el régimen matrimonial o en su caso demande el divorcio ya que de acuerdo al Código Civil del DF, Artículo 188. “Puede también terminar la sociedad conyugal durante el matrimonio, a petición de alguno de los cónyuges por los siguientes motivos: I. Si uno de los cónyuges por su notoria negligencia en la administración de los bienes, amenaza arruinar al otro o disminuir considerablemente los bienes comunes; II. Cuando uno de los cónyuges, sin el consentimiento expreso del otro, hace cesión de bienes pertenecientes a la sociedad conyugal a sus acreedores; III. Si uno de los cónyuges es declarado en quiebra, o en concurso; y IV. Por cualquiera otra razón que lo justifique a juicio del órgano jurisdiccional competente.”