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AutorRespuesta No: 333611
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Noviembre de 2013 21:41 2013-11-28 21:41 desde IP: 201.141.113.177
Si Usted pagó los pagarés, o se los cobraron a lo chino, debe exigir al tenedor de los mismos que se los entregué para poder demandar a la deudora principal lo que Usted cubrió como aval.
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