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  • Consulta : 215010
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 333442

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si la Asamblea votó en el sentido de colocar medidores de agua, y esa samblea fue legal, no podrá evitar que se instalen medidores, sin embargo, es ilegal que le corten el agua ya que estarían cometiendo el delito de despojo. El agua de conformidad con el artículo cuarto de la Constitución, es un derecho humano y por lo tanto nadie se la puede cortar, si la autoridad no puede menos una asamblea de condóminos. Si dado el caso le llegaran a suspender el suministro de agua entonces sí podrá acudir al Ministerio Público para querellarse por el delito de despojo. La Asamblea de Condóminos le puede demandar el pago de lo que se adeuda si acuden ante la autoridad competente para que ésta funde y motive la causa legal del procedimiento y en su caso embargarle, pero de ninguna manera se pueden hacer justicia de propia mano.

    En cuanto a los adeudos, aunque sean del dueño anterios, sí deberá cubrirlos.