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  • Consulta : 214871
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 333220

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si ya hubo adjudicacion del inmueble... y hasta escrituracon publica del mismo... ya pagaste tu deuda... lo que debes hacer es ver en elexpediente... si se pago totalmente la deuda... si sobro dinero... si ya lo consigno.... al que compro... y nohuzo el cambio de propiettario... o te dejo de pagar... deberas regresarle por consignacion en un juzgado...lo que te dio.... y pa la proxima... debes pagar tus deudas...